RECEPCIÓN DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS
A continuación, se informa que por implementación de la normatividad de la resolución 0000085 del 08 de abril del 2022 dada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para la reglamentación del mensaje electrónico de confirmación de recibido de la factura y de los bienes y/o servicios adquiridos, los cuales serán soporte de costos, deducciones para impuestos, normatividad que entro en vigencia desde el 13 de julio del 2022 serán recibidos única y exclusivamente al correo:
facturacionelectronica@
Así mismo, comunicamos que todas las facturas electrónicas, notas débito, notas crédito y demás documentos electrónicos que su organización nos emita de forma electrónica, deberán incluir en carpeta ZIP la representación gráfica y el XML conforme a la resolución 042. No se admiten correos cifrados, links o enlaces que redireccionen a otra página.
Cualquier inquietud, será atendida con gusto.
Agradecemos su colaboración
Atentamente
Departamento de contabilidad
CTM SAS